Disposiciones aduaneras
Para los ciudadanos de los países de la UE y algunos otros países es suficiente un documento de identidad oficial, en casos excepcionales también un pasaporte cuyo período de validez no haya expirado hace más de cinco años.
Austria es miembro de la Unión Europea y forma parte de los países del Acuerdo de Schengen. Los ciudadanos españoles pueden entrar libremente en Austria con su documento de identidad (DNI) en vigor o con el pasaporte (incluso si este ha caducado hace menos de cinco años). La estancia no puede durar más de tres meses.
Los menores que viajen acompañados por sus padres, deberán llevar consigo su documento de identidad (DNI) o pasaporte si no están registrados en el pasaporte de sus padres. El libro de familia no es un documento de viaje válido, ¡tampoco para bebés! En ningún caso, los menores podrán viajar solos utilizando el pasaporte del padre o la madre, en el que estén registrados. Deberán estar, en todo caso, en posesión de su propio documento de viaje (documento nacional de identidad o pasaporte).
Dado que Austria forma parte del Acuerdo de la zona Schengen, los ciudadanos de terceros países que tengan su domicilio habitual en España, en general, no necesitarán visado para entrar en Austria. Para pasar la frontera, deberán llevar consigo el pasaporte en regla y el permiso de residencia (y trabajo) válido. No se aceptará certificado de solicitud de un título de primera residencia. No se aceptará la solicitud de concesión de residencia y/o de trabajo.